Trámites a realizar por la empresa
La prestación por Cuidado del Hijo Menor va dirigida a las personas progenitoras, adoptantes o acogedoras que reducen su jornada de trabajo al menos en un 50% y como máximo en un 99'9% para el cuidado directo, continuo y permanente de menores a su cargo afectados por cáncer u otra enfermedad grave durante el tiempo de hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad.
La cuantía equivale al 100% de la base reguladora por incapacidad temporal derivada contingencias profesionales y en proporción a la reducción de jornada solicitada por el trabajador.
Para consultar el listado de enfermedades contempladas como supuesto protegido, descarga el Listado del anexo del Real Decreto 1148/2011.
En caso que el trabajador te lo solicite, debes:
Facilitarle un certificado de empresa indicando la base reguladora diaria, así como el porcentaje de reducción de jornada y fecha de inicio de la misma
Ingresar únicamente las aportaciones correspondientes a la cotización a la Seguridad Social a tu cargo
La gestión y el pago de la prestación económica es a cargo de umivale